La relación en el seno del Gobierno de España entre las dos fuerzas que integran la coalición, el Partido Socialista (PSOE) y Unidas Podemos (UP), está viviendo uno de sus momento más tensos tras la polémica condena al diputado de Podemos Alberto Rodríguez.
Rodríguez ha sido condenado a 45 días de cárcel, conmutados por una multa de 540 euros, y al mismo tiempo de inhabilitación para el sufragio pasivo por unos hechos que sucedieron en 2014, antes de ser diputado, en una protesta contra el entonces ministro de Educación, el conservador Ignacio Wert.
La sentencia considera probado que en los enfrentamientos entre manifestantes y la policía, el ahora diputado dio una patada a un agente. Sin embargo, existen numerosas voces críticas tanto contra la condena como contra la aplicación de la pena impuesta. Rodríguez, que siempre ha mantenido su inocencia, ya ha anunciado que llegará hasta las últimas instancias, lo que significa que este caso será finalmente dirimido en los tribunales europeos.
Solo el testimonio de un agente
La principal crítica hacia la condena estriba en que se sustenta únicamente en el testimonio del policía que afirma que el diputado de la formación morada le propinó una patada. Sin embargo, no hay ningún video ni fotografía que le sitúe en el lugar de los hechos, aunque sí en la protesta; ningún otro agente ha corroborado la agresión; y el policía al cargo del operativo sostiene que estuvo vigilando todos los sucesos y no vio en el lugar al ahora condenado.
Ninguna otra prueba periférica corrobora la declaración del agente. El parte médico solo constata lo que el agente refiere y el tiempo para su recuperación se estima en un solo día. Otro de los informes forenses data de mes y medio después del suceso.
Es imprescindible escuchar a @PabloIglesias sobre la separación de poderes y el escándalo judicial y político del montaje policial contra Alberto Rodríguez. pic.twitter.com/MiLV499ymB
— Julián Macías Tovar (@JulianMaciasT) October 26, 2021
Estos puntos son constatados por dos de los magistrados que integraban el tribunal, que emitieron un voto particular abogando por la absolución. En este voto se ponía en duda la idoneidad del testimonio del agente como única prueba al considerar que no contaba con los tres criterios que debe cumplir: credibilidad subjetiva, verosimilitud y persistencia. Así, sostienen que la prueba practicada en el juicio está “muy lejos” de ser suficiente para enervar el derecho a la presunción de inocencia.
Aumenta el lío jurídico
Pero si la condena ya levantó la indignación tanto en el entorno de Podemos como la del propio Rodríguez, que en sede judicial había avisado de que agotaría todos los recursos y llegaría incluso a la Justicia Europea, la aplicación de la pena ha causado todavía mayor revuelo.
La defensa de Rodríguez sostenía que la sentencia no conllevaba la pérdida de escaño y el informe solicitado a los letrados del Congreso por la presidenta de la Cámara, la socialista Meritxell Batet, avalaba esa tesis.
Sin embargo, la Sala Segunda del Tribunal Supremo, instancia que ha condenado al diputado debido a su aforamiento, requirió a Batet que le comunicará el inicio del cumplimiento de la pena impuesta, lo que se interpretó como una presión para la retirada del escaño, aunque sin especificarlo.
Finalmente Batet, contra el criterio de los letrados del Hemiciclo, decidió retirar el acta a Rodríguez que, además de anunciar la dimisión de todos sus cargos en Podemos, llegó a comunicar que se querellaría contra la propia presidenta del Congreso, aunque ya ha informado de que ha cambiado de opinión en este extremo.
9/ La inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo consiste en la privación del derecho A SER ELEGIDO para cargos públicos en ese tiempo (art. 44 CP). Y nada más. pic.twitter.com/fHPZfvatUi
— José María de Pablo (@chemadepablo) October 23, 2021
Como han explicado diversos juristas, como Joaquim Bosch, portavoz de Jueces para la Democracia, la inhabilitación para el sufragio pasivo no hace perder al diputado el cargo, si no que sólo le impediría presentarse a unas elecciones durante el tiempo que dure la inhabilitación.
Sin embargo, la ley del Régimen Electoral General sí contempla que los condenados en sentencia firme a penas privativas de libertad no pueden ostentar un cargo electo. Las dudas jurídicas, en este caso, radican en si se debe tomar como base para valorar la incompatibilidad la pena de prisión o los 540 euros de multa por los que fue conmutada.
Los letrados del Congreso optaron por esta segunda opción en un informe muy motivado. Consideran que se debe tener en cuenta la pena de multa, por ser la aplicada realmente y para no dar prioridad a una pena de prisión inexistente. Además, apuntan a que las dudas deben resolverse en el sentido más favorable al derecho fundamental a la participación política –siguiendo la doctrina del Tribunal Constitucional–.
Por su parte, la sala del Supremo tiene potestad para hacer cumplir su fallo, la inhabilitación para sufragio activo, pero no la tiene para indicar al Parlamento cómo interpretar la legislación, en este caso, la normativa electoral.
El último movimiento de Rodríguez
El último movimiento, hasta ahora, se ha producido este mismo martes. Alberto Rodríguez ha remitido un escrito a la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el que solicita la suspensión provisional de la ejecución de la sentencia y en el que arremete duramente contra la presidenta del Congreso.
GRACIAS por tanto.❤️Esta batalla no ha hecho más que empezar. Canarias es tierra de brega, aquí no se rinde nadie.✊🏾 pic.twitter.com/xl5J9Mjpcp
— Alberto Rodríguez (@Alber_Canarias) October 24, 2021
El ya exdiputado acusa a Batet de “arrogarse competencias propias y exclusivas del Supremo” y de “sustituir la pena impuesta por otra de distinta naturaleza y mayor lesividad”. Además, sostiene que Batet “acordó modificar la sentencia dictada por el Supremo siguiendo, y asumiendo como propia, la petición realizada en el Congreso de los diputados por el Partido Vox”, la formación de ultraderecha.
Reacciones
Desde que se conoció la sentencia y la posterior decisión de la presidenta del Congreso, se han producido multitud de reacciones, pero la que ha tenido mayor repercusión ha sido la de la secretaria general de Podemos y ministra de Asuntos Sociales, Ione Belarra, que ha sostenido que Alberto Rodríguez fue condenado a pesar de que las pruebas demostraban que no estuvo en el lugar del altercado y que “el objetivo era quitarle el escaño”.
“El Supremo presiona a la Presidencia del Congreso para retirárselo aunque ambos saben que no es lo que dice la sentencia. Prevaricación”, concluyó la líder de Podemos en Twitter.
Esta postura, unida a las tensiones por la derogación de la última reforma laboral, ha dado pie a multitud de rumores sobre la posibilidad de que se produjera una ruptura de la coalición de gobierno. Si se llegara a producir, el presidente Pedro Sánchez estaría abocado a convocar elecciones anticipadamente, en un momento en que las encuestas parecen señalar cierto fortalecimiento de las formaciones de derecha y extrema derecha.
Hasta Europa
La intención de Rodríguez de agotar los últimos recursos posibles en España hace que, con toda seguridad, el caso se acabe dirimiendo en Europa, en un contexto en el que la Justicia española se ha llevado algunos reveses en los últimos tiempos.
El caso más flagrante es el de los líderes del proceso independentista catalán, con el expresidente regional Carles Puigemont como cabeza más visible. En este caso no han sido los tribunales europeos, sino los de hasta tres Estados, Alemania, Bélgica e Italia, los que no han accedido a las pretensiones de extradición del magistrado Manuel Marchena, que es el mismo juez que ha presidido el tribunal que ha condenado al diputado de Podemos.
Esta vez la bofetada podría ser aún más sonora, al afectar al germen mismo de la democracia, después de las voces que se alzan denunciando que ha sido un golpe de la judicatura al poder legislativo y que podría originar una crisis parlamentaria si desemboca en el desencuentro de las dos únicas formaciones políticas que en la actualidad están en condiciones de formar Gobierno.
La guerra judicial contra Podemos
Desde sectores de la izquierda se denuncia que se está llevando a cabo una guerra judicial contra la coalición Unidas Podemos (UP), integrada por Podemos e Izquierda Unida. Además se alega que el poder judicial en España tiene un sesgo ideológico de derechas.
“Controlaremos la sala segunda del Tribunal supremo por atrás”, precisamente la que ha condenado a Alberto Rodríguez por una agresión a un policía que nunca ocurrió.El PSOE y Batet han sido cómplices de este episodio antidemocrático ejecutado por #JuecesContraLaDemocracia. pic.twitter.com/jXa30m5ptN
— Julián Macías Tovar (@JulianMaciasT) October 22, 2021
Por un lado, existe una mayoría conservadora en el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el órgano de gobierno de los jueces, que se encarga de ascender a los magistrados a puestos de responsabilidad. El actual presidente del CGPJ –cargo que lleva aparejada también la Presidencia del Tribunal Supremo–, Carlos Lesmes, fue director general del Ministerio de Justica durante los dos mandatos del presidente conservador José María Aznar, entre 1996 y 2004.
En 2013 fue alzado a su actual puesto por un pleno del CGPJ donde eran mayoría los vocales propuestos por el Partido Popular (PP). Desde 2018 este órgano se encuentra en funciones, con el mandato caducado por la negativa del PP de acceder a su renovación, lo cual no le ha impedido seguir haciendo nombramientos vitalicios para puestos claves de la judicatura.
De la presunta politización de la Justicia da cuenta la conversación mantenida en 2018 por Ignacio Cosidó, portavoz del grupo Popular en el Senado, en la que presumía de que su partido conseguiría controlar la Sala Segunda del Tribunal Supremo “por detrás”, la instancia responsable del enjuiciamiento de los diputados. Se trata de la sala presidida por Marchena que ha condenado a Rodríguez.
En este contexto, la polémica condena de Rodríguez no ha sido la única. Isa Serra, diputada y portavoz de Podemos en la Asamblea de Madrid hasta julio de este año, fue condenada en abril de 2020 a 19 meses de prisión y al mismo tiempo de inhabilitación para sufragio pasivo, además de a pagar una multa de 2.400 euros, por los delitos de atentado a la autoridad, lesiones leves y daños en el marco de un desahucio en 2014. Quince meses después el Tribunal Supremo confirmó su condena.
Serra también fue condenada tan solo con el testimonio de dos agentes de Policía, sin que existieran videos o fotografías de ninguna agresión y con el testimonio contrario de otros testigos. La exdiputada regional también anunció que recurriría al Tribunal Constitucional y posteriormente a instancias europeas, si fuera necesario.
Pero lo cierto es que desde la irrupción de Podemos en el escenario nacional, sus afines han denunciado una persecución judicial. El partido ha sido denunciado docenas de veces ante los tribunales de justicia por varios motivos, el más reiterado el de financiación ilegal.
Sin embargo, aunque todas las causas han terminado finalmente archivadas, se ha criticado duramente que la mayoría de ellas fueran siquiera admitidas a trámite, dilatando un proceso que aunque finalmente queda en nada, ha hecho que la formación morada haya sufrido reiteradamente lo que se llama ‘pena de banquillo’, es decir, un menoscabo de su imagen ante la opinión pública, mientras se daba enorme difusión a la apertura de causas y casi ninguna alusión a su archivo.
Uno de los últimos procesos archivados afectaba a la actual vicepresidenta segunda del Gobierno, Yolanda Díaz. La entonces diputada de Podemos llegó a ser imputada por una jueza, junto a otros tres diputados de su formación, por participar en una protesta laboral. Las acusaciones eran similares a las sufridas por Rodríguez o Serra, pero en ese caso se contaba con profusas grabaciones que hacían imposible dar credibilidad a los testimonios de los agentes.
Nuria López
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